Convenios de Reciprocidad: El Consejo ha realizado este tipo de acuerdos, con el objetivo de permitirle al profesional matriculado, ya sea en una u otra institución, al que le fuera encomendada una tarea profesional fuera de los límites jurisdiccionales de su propia residencia, que ejerza la profesión. De esa manera se evita la doble matriculación, no obstante el certificado de encomienda respectivo, si es para ser presentado ante autoridades nacionales (jurisdicción Nacional) o del GCABA debe ser tramitado en el COPITEC, de acuerdo al procedimiento previsto y si fuera ante autoridades provinciales, se tramita en el Colegio o Consejo provincial con quien se tenga firmado el convenio.
De esta manera, todo Ingeniero, Licenciado y/ o Técnico -según corresponda- matriculado en nuestra institución, puede ejercer su profesión dentro del marco legal establecido por la Ley del Colegio/ Consejo receptor, es decir, del lugar a dónde se traslade el profesional.